Artículo 29 presupuestos generales para el año 2026 de la Comunidad Autónoma de Galicia
Artículo 29. Relaciones de puestos de trabajo
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Uno. Las relaciones de puestos de trabajo podrán modificarse para ejecutar las sentencias judiciales firmes de reconocimiento de una relación laboral de carácter indefinido no fijo que requieran la creación de puestos de trabajo, al no poder adscribir a los afectados y afectadas a un puesto preexistente que estuviera vacante sin ocupación. Dicho puesto preexistente habrá de ser acorde con la naturaleza funcionarial o laboral en relación con las funciones asignadas por sentencia judicial firme para poder adscribir a él al personal afectado.
En general, los puestos de trabajo de carácter administrativo de la Administración de la Comunidad Autónoma se crearán como de personal funcionario, salvo que, por la naturaleza de sus funciones, tengan que crearse para ser desempeñados por personal laboral, de acuerdo con lo que establece la normativa de función pública.
Su creación se propondrá en el plazo máximo de tres meses, a contar desde la fecha de firmeza de la sentencia judicial. Una vez creado el puesto, se adscribirá provisionalmente a este la persona afectada por la sentencia y se procederá a continuación a su cobertura, mediante sistemas de selección y provisión establecidos legalmente.
No obstante lo anterior, las consejerías y sus organismos dependientes podrán proponer mediante la modificación correspondiente de la relación de puestos de trabajo la amortización de aquellos puestos de trabajo que consideren que no son necesarios para el cumplimiento de las funciones que tienen asignadas.
Dos. Las relaciones de puestos de trabajo vigentes a 1 de enero del año 2026 habrán de modificarse para ajustarlas a las previsiones presupuestarias que se deducen del anexo de personal de la presente ley, sin que, entre tanto, puedan proveerse, provisional o definitivamente, aquellos puestos para los cuales no estuviera prevista una dotación en el anexo referido. En tanto que no se realicen las adaptaciones mencionadas, los códigos de la línea presupuestaria del anexo de personal solo podrán tener asignados créditos para las dotaciones de puestos de trabajo, sustituciones de personal temporal o conceptos retributivos específicos.
