Articulo 29 Reforma del Estatuto de Autonomia de las Illes Balears
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Artículo 29. Nuevas tecnologías y sociedad de la información.

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En el ámbito de sus competencias, los poderes públicos de las Illes Balears impulsarán el acceso a las nuevas tecnologías, a la plena integración en la sociedad de la información y a la incorporación de los procesos de innovación.

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  • Texto Original. Publicado el 01-03-2007 en vigor desde 02-03-2007