Articulo 29 Reglamento Ma... de Madrid

Articulo 29 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid

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Artículo 29. Pruebas de oposición

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1. Las pruebas de oposición a superar son las siguientes, todas ellas eliminatorias:

a) Pruebas de carácter psicotécnico, homologadas mediante resolución de la dirección general de la Comunidad de Madrid competente en materia de coordinación de policías locales, orientadas a comprobar que las aptitudes, rasgos de personalidad y competencias de los aspirantes son las más adecuadas al perfil profesional de la Policía local.

b) Pruebas físicas, adecuadas a la capacidad necesaria para las funciones a realizar y dirigidas a la comprobación, entre otros aspectos, de las condiciones de equilibrio, velocidad, resistencia y coordinación.

Con carácter previo a la realización de las pruebas físicas que figuren especificadas en la correspondiente convocatoria, deberá acreditarse la aptitud física mediante la presentación de un certificado médico extendido en impreso oficial y firmado por un colegiado en ejercicio en el que se haga constar expresamente que el aspirante reúne las condiciones, tanto físicas como sanitarias, necesarias y suficientes para la realización de las mismas.

Este certificado deberá ser presentado el día de la realización de las pruebas físicas señaladas en el párrafo anterior y no excluirá la prueba de reconocimiento médico.

c) Pruebas culturales, contestadas por escrito, referidas al:

1.º Conocimiento básico del ordenamiento jurídico y de las funciones a realizar, pudiendo consistir en un cuestionario tipo test, o bien en el desarrollo de epígrafes o temas, conforme al programa de la correspondiente convocatoria.

2.º Conocimiento del idioma que se determine en la correspondiente convocatoria. En caso de que se establezcan varios, el idioma que resulte elegido por los aspirantes.

d) Reconocimiento médico, con sujeción a un cuadro médico dirigido a garantizar la idoneidad de los aspirantes para la función policial a desarrollar.

e) Cuando se trate de procesos selectivos para el ingreso en los Cuerpos de policía local a través de las categorías de Inspector o Inspectora e Intendente, las pruebas a superar incluirán, además, un supuesto práctico o proyecto de carácter profesional relacionado con las funciones a desarrollar. Este ejercicio será propuesto por el tribunal calificador y realizado por escrito, siendo posteriormente defendido oralmente por los aspirantes.

2. Las correspondientes bases de convocatoria determinarán el orden de realización de las pruebas establecidas en el apartado anterior, si bien cuando incluyan el supuesto práctico o proyecto de carácter profesional al que se refiere la letra e), este constituirá la última prueba selectiva.