Articulo 29 Reguladora de...asistencia

Articulo 29 Reguladora de la libertad de acceso al entorno, de deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia

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Artículo 29. Prescripción de infracciones y sanciones.

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1. Las infracciones administrativas tipificadas en la presente ley foral prescriben en los siguientes plazos.

a) Las leves, al año de haber sido cometidas.

b) Las graves, a los dos años de haber sido cometidas.

c) Las muy graves, a los tres años de haber sido cometidas.

2. Las sanciones impuestas prescriben en el plazo de un año a contar desde la fecha de la firmeza de la resolución administrativa sancionadora.