Articulo 29 se restablece el Impuesto Sobre el Patrimonio en Gipuzkoa -Derogada-
- Norma derogada desde el 1 de enero de 2013, tal y como se establece en su propia disposición derogatoria.
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»Artículo 29. Devengo del Impuesto.
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El Impuesto se devengará el 31 de diciembre de cada año y afectará al patrimonio del cual sea titular el sujeto pasivo en dicha fecha.
