Articulo 29 septies Reglamento del Impuesto sobre Sociedades -Derogado-
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»Artículo 29 septies. Resolución.
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En caso de aceptación de la propuesta de acuerdo, el órgano competente suscribirá el acuerdo con las otras Administraciones tributarias, dándose traslado de una copia del mismo a los interesados.
Modificaciones
- Artículo modificado (Articulo historico) por REAL DECRETO 1793/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio.
(BOE de 18-11-2008) en vigor desde 01-01-2008
