Articulo 29 Síndic de Gre...Valenciana

Articulo 29 Síndic de Greuges de C. Valenciana

Ver Indice
»

Artículo 29. Plazo

Vigente

Las quejas deberán presentarse en el plazo de un año, contado a partir del momento en que se hubiera tenido conocimiento de los hechos o de la determinación del alcance de los efectos que las motivan.