Articulo 29 Tasas y preci... de Aragón

Articulo 29 Tasas y precios públicos de Aragón

Ver Indice
»

Artículo 29. Elemento subjetivo.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. Son sujetos obligados al pago de los precios públicos las personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes y demás entes carentes de personalidad jurídica propia, que constituyan una unidad económica o un patrimonio separado, que actúen como tales en el tráfico mercantil, que sean destinatarios o beneficiarios del servicio prestado o actividad realizada.

2. Se presumirá esta condición en la persona que solicite o reciba las prestaciones de servicios o actividades.