Articulo 292 Hacienda y Sector Público

Articulo 292 Hacienda y Sector Público

Ver Indice
»

Artículo 292. Consecuencias de la omisión de comunicaciones a la Intervención General.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



La formulación de la resolución del procedimiento de reintegro con omisión del trámite previsto en el apartado 1 del artículo anterior dará lugar a la anulabilidad de dicha resolución, que podrá ser convalidada mediante acuerdo de la Junta de Castilla y León, que será también competente para su revisión de oficio.

A los referidos efectos, la Intervención General de la Administración de la Comunidad elevará a la Junta de Castilla y León, a través del titular de la Consejería de Hacienda, informe relativo a las resoluciones de reintegro incursas en la citada causa de anulabilidad de que tuviera conocimiento.