Artículo 294. Acuerdo respecto a Gibraltar entre la UE y la Comunidad Europea de la Energía Atómica, por una parte, y el Reino Unido e Irlanda del Norte, por otra
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»Artículo 294. Medidas objetivamente justificadas
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Las medidas que establezcan excepciones a la igualdad de trato con arreglo al artículo 292, apartados 3, 4 y 7, solo serán admisibles si están objetivamente justificadas. Para estar justificadas, deben ser adecuadas para garantizar la realización de un objetivo legítimo y no deben ir más allá de lo necesario para alcanzarlo.
