Articulo 298 Agraria de Extremadura
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»Artículo 298. Objeto.
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Al amparo del presente capítulo, se regula el procedimiento electoral para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias legalmente constituidas, con implantación en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Modificaciones
- Artículo modificado (298) por Ley 6/2016, de 24 de junio, de modificación de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, agraria de Extremadura.
(E de 28-06-2016) en vigor desde 29-06-2016
