Articulo 3 12 de marzo por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Publico de Saneamiento y Depuracion de Aguas Residuales de Cantabria
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»Artículo 3. Ámbito de aplicación.
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El presente Reglamento se aplica a todos los sistemas públicos de saneamiento y de depuración de aguas residuales de Cantabria, cualquiera que sea la Administración competente sobre los mismos.
