Articulo 3 16 DLeg. 3/2008, de 25 de junio, Cataluña, TR. Ley de tasas y precios públicos
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»Artículo 3. 1-6. Afectación.
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La tasa tiene carácter finalista, por lo cual, de acuerdo con lo que establece el artículo 1.1-3, los ingresos que se derivan se afectan a la financiación del mantenimiento de los hoteles de entidades y de las inversiones para conservarlos, mejorarlos y equiparlos.
