Articulo 3 Actividad come...de Euskadi

Articulo 3 Actividad comercial de Euskadi

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Artículo 3. Prestación de servicios.

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También se considera actividad comercial la prestación de servicios cuando se oferten al mercado con el carácter final definido en el artículo anterior.

Esta ley será de aplicación a la prestación de servicios en todo aquello no regulado por normativa específica relativa a los mismos.