Articulo 3 Administración
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Artículo 3. Principios generales de organización y funcionamiento de la Administración de la Junta de Andalucía.

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La Administración de la Junta de Andalucía sirve con objetividad al interés general a través de sus órganos y entidades instrumentales, con sujeción a la Constitución, al Estatuto de Autonomía y al resto del ordenamiento jurídico. Se organiza y actúa de acuerdo con los principios de:

a. Eficacia.

b. Jerarquía.

c. Descentralización funcional.

d. Desconcentración funcional y territorial.

e. Coordinación.

f. Lealtad institucional.

g. Buena fe.

h. Confianza legítima.

i. Transparencia.

j. Colaboración y cooperación en su relación con otras Administraciones Públicas.

k. Eficiencia en su actuación y control de los resultados.

l. Programación de sus objetivos.

m. Coordinación y planificación de la actividad.

n. Racionalidad organizativa mediante simplificación y racionalización de su estructura organizativa.

ñ. Racionalización, simplificación y agilidad de los procedimientos.

o. Imparcialidad.

p. Igualdad de oportunidades y de trato de hombres y mujeres.

q. No discriminación.

r. Proximidad a la ciudadanía.

s. Responsabilidad por la gestión pública.

t. Buena administración y calidad de los servicios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-10-2007 en vigor desde 31-01-2008