Articulo 3 Administración Ambiental
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Artículo 3. Principios.

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1.- La presente ley se fundamenta en los siguientes principios:

a) Cautela y acción preventiva, prevención de la contaminación en su origen y «quien contamina paga».

b) El acceso a la información, la transparencia y la participación de la ciudadanía en el diseño y ejecución de las políticas públicas.

c) Utilización racional de los recursos naturales y uso eficiente de la energía.

d) Integración de los aspectos ambientales en la toma de decisiones.

e) Adaptación al progreso técnico de las instalaciones y actividades para la protección del medio ambiente.

f) Responsabilidad compartida entre los agentes públicos y privados.

g) Autosuficiencia y proximidad en la gestión de residuos.

2.- Las medidas que se adopten para el cumplimiento de los objetivos de la presente ley se aplicarán de acuerdo con los principios de agilidad, simplificación procedimental y reducción de cargas administrativas.

3.- Los principios de esta ley constituyen pautas de actuación de las administraciones públicas en la Comunidad Autónoma del País Vasco y criterios de interpretación de las correspondientes normas de protección del medio ambiente y de la salud de las personas.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 31-12-2021 en vigor desde 01-01-2022