Tercero. INSTRUCCIÓN SCI/002/2026, de 9 de febrero de 2026
Tercero. Documentos específicos para la regularización y confección de las Fichas Técnicas Descriptivas.
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Los certificados de regularización de instalaciones a emitir por las empresas instaladoras y los que deban emitir los técnicos titulados competentes bajo cuya supervisión se realice la actuación de regularización, serán confeccionados en modelos oficiales específicos para la regularización de establecimientos, instalaciones y productos no registrados.
Los modelos que se pondrán a disposición pública serán los siguientes:
a) Certificado de regularización de instalaciones y productos industriales del Grupo II. Este modelo será único, permitiendo emitir certificados de instalaciones de baja tensión, de alta tensión, de combustibles gaseosos, de productos petrolíferos líquidos, de instalaciones de protección contra incendios en establecimientos industriales, de instalaciones térmicas de potencia comprendida entre 5 y 70 kW, de instalaciones con equipos a presión, de instalaciones frigoríficas y de instalación de grúas torres para obras. Un certificado no podrá abarcar instalaciones afectas a reglamentaciones distintas.
b) Anexo de características técnicas para la regularización de instalaciones de generación en baja tensión (Modelo a emitir por las empresas instaladoras encargadas de la regularización). Tras confeccionar el certificado de regularización correspondiente mediante el modelo indicado en a) y transformarlo a formato pdf, y una vez confeccionado este anexo, deberán ensamblarse ambos documentos para formar un único archivo antes de proceder a su firma electrónica.
c) Certificado de Dirección de regularización de instalaciones y productos industriales del Grupo II (Modelo a emitir por los técnicos titulados competentes encargados de la regularización y, en el caso particular de las instalaciones térmicas en edificios de potencia superior a 70 kW, conjuntamente con la empresa instaladora). Este certificado incluirá la declaración responsable de competencia del técnico titulado que lo emita, no siendo necesario que se incluya en la FTD la declaración responsable en el modelo que está publicado en la web de esta Dirección General.
d) Certificado de regularización de instalación, ampliación, modificación o traslado de industria (Modelo a emitir por los técnicos titulados competentes encargados de la regularización de establecimientos industriales). Este certificado incluirá el certificado de seguridad en máquinas. Además, incluirá la declaración responsable de competencia del técnico titulado que lo emita, no siendo necesario que se incluya en la FTD dicha declaración responsable en el modelo específico que está publicado en la web de esta Dirección General.
Los modelos indicados estarán a disposición pública, se publicarán en la web http://industriaextremadura.juntaex.es/kamino/index.php, en la sección TRÁMITES Y FORMULARIOS , en el bloque INSTALACIONES, ESTABLECIMIENTOS Y PRODUCTOS INDUSTRIALES , dentro del apartado "REGULARIZACIÓN DE INSTALACIONES".
No serán admisibles para la emisión de certificados de regularización por empresas instaladoras los modelos oficiales de certificados publicados en la web de esta Dirección General con anterioridad a la emisión de esta instrucción.
No serán admisibles los modelos de certificado de dirección de obra y de certificado de instalación, ampliación y traslado de industrias con instalaciones y productos del Grupo II, publicados en los anexos 18 y 19 de la Resolución de 31 de octubre de 2017, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se hacen públicos los modelos oficiales de documentos para su aplicación a los establecimientos, instalaciones y productos pertenecientes al Grupo II.
El modelo de Memoria Descriptiva de Actividad Industrial (dirección URL: http://industriaextremadura.juntaex.es/kamino/attachments/article/14009/31-5625-MDAI_R2.pdf) será utilizable para los establecimientos industriales a regularizar tal y como se estableció en la Instrucción 7/2017, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, sobre Establecimientos Industriales.
Para la confección de las FTDs de las regularizaciones se aplicará el régimen establecido en el artículo 7 de la Orden de 20 de julio de 2017, por la que se dictan normas de desarrollo del Decreto 49/2004, de 20 de abril, con la única diferencia de que para las regularizaciones la confección de las FTDs la realizarán, según corresponda, los técnicos titulados competentes o los instaladores, reparadores o técnicos responsables que emitan los certificados de regularización.
Para la tramitación de la regularización de los establecimientos, instalaciones y productos incluidos en esta instrucción, se utilizarán las FTDs oficialmente aprobadas conforme a lo dispuesto en la citada Orden de 20 de julio de 2017, utilizando para su confección el aplicativo Asistente CDT (https://asistenteagile.juntaex.es/AsistenteAGILE/).
Para la confección de las FTDs, al definir el tipo de actuación, los establecimientos, instalaciones y productos a normalizar que carezcan de registro, incluidas sus ampliaciones, modificaciones o reformas, tendrán la condición de actuaciones de nueva ejecución. Las ampliaciones, modificaciones o reformas no registradas de establecimientos, instalaciones o productos que si tengan registro, tendrán la condición que corresponda (ampliación, modificación o reforma) en función de su naturaleza y características según lo que dispongan los Reglamentos de seguridad industrial vigentes en la actualidad.
En el apartado Puesta en servicio deberá señalarse la opción Completa . No son admisibles regularizaciones parciales.
En el apartado Observaciones de cada FTD se deberá indicar Regularización .
Para la incorporación de los Certificados de regularización de instalaciones y productos industriales del Grupo II a las FTDs, en el módulo de subida de documentación de la FTD correspondiente en el aplicativo Asistente CDT , dichos certificados se identificarán en el campo Tipo de documento como certificados de instalación.
Los Certificados de Dirección de regularización de instalaciones y productos industriales del Grupo II se identificarán en el campo Tipo de documento como certificados de dirección de obra.
Los Certificados de regularización de instalación, ampliación, modificación o traslado de industria se identificarán como Certificado de instalación, ampliación, modificación o traslado de industria (Certificado de fin de obra).
Los certificados indicados en el punto 9 del apartado segundo de esta instrucción serán identificados en las FTDs como certificados de inspección inicial o certificado de organismo de control, según corresponda en cada caso.
