Articulo 3 Apoyo a las fa...e Cataluña

Articulo 3 Apoyo a las familias de Cataluña

Ver Indice
»

Artículo 3. Situaciones equiparadas.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



1. En los términos establecidos por la presente Ley, pueden acogerse a determinadas medidas y prestaciones los titulares de una relación de convivencia de ayuda mutua, de acuerdo con la definición que de esta situación establece la Ley 19/1998, de 28 de diciembre, sobre situaciones convivenciales de ayuda mutua.

2. Las disposiciones de la presente Ley también son de aplicación a la acogida y a las demás situaciones jurídicas a las que las leyes atribuyan o reconozcan los mismos efectos jurídicos que a la familia.