Articulo 3 Apoyo a las familias de I. Balears
Artículo 3. Objetivos
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La definición de las políticas familiares debe tener presentes los siguientes objetivos:
a) Mejorar el bienestar y la calidad de vida de las familias y de las personas que forman parte de ellas.
b) Mejorar la protección de los miembros de las familias, desde la perspectiva del desarrollo personal y social.
c) Favorecer la conciliación de la vida familiar con el resto de ámbitos de la vida cotidiana.
d) Potenciar la solidaridad social con las familias que cuidan de personas menores de edad o de personas en situación de dependencia o discapacidad.
e) Promover la natalidad, dando apoyo y protección a las mujeres gestantes y a las familias con hijos o hijas menores.
f) Luchar contra las desigualdades sociales entre las familias y contra las situaciones de exclusión social que tienen su origen en contextos de precariedad y desestructuración.
g) Asegurar la perspectiva de género en los servicios dirigidos a las familias.
h) Fomentar las competencias familiares.
i) Promover la solidaridad intergeneracional.
j) Difundir el conjunto de ayudas y prestaciones familiares que se ofrecen desde las distintas administraciones.
k) Reconocer la pluralidad y la diversidad de formas familiares existentes: familias nucleares, biparentales, homoparentales, adoptivas o núcleos estables de hecho, o cualquier otra, siempre que éstas estén registradas de acuerdo con la ley.
l) Fomentar la maternidad libre y decidida y la paternidad responsable.
m) Fomentar la corresponsabilidad en el reparto equilibrado entre mujeres y hombres de las responsabilidades familiares, las tareas domésticas y la atención a las personas en situación de dependencia o discapacidad.
