Artículo 3 Aprobación del...esentación

Artículo 3 Aprobación del Modelo 240, Modelo 241 y Modelo 242 y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación

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Artículo 3. Objeto de la información del modelo 240.

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Deberá ser objeto de declaración en el modelo 240, «Comunicación de la entidad constitutiva declarante de la declaración informativa del Impuesto Complementario» la información contenida en el anexo I, de conformidad con lo previsto en el artículo 18.1 del Reglamento del Impuesto Complementario para garantizar un nivel mínimo global de imposición para los grupos multinacionales y los grupos nacionales de gran magnitud.