Articulo 3 la que se apru...permanente

Articulo 3 la que se aprueba el modelo de declaración 215 del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, que debe utilizarse para declarar las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente

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Artículo 3.-Obligados a la presentación del modelo 215.

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Uno. Están obligados a presentar autoliquidación del Impuesto las personas sujetas a tributación por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes.

a) Que obtengan rentas sujetas al Impuesto, pero exceptuadas de la obligación de retener e ingresar a cuenta.

b) Que obtengan rendimientos satisfechos por personas que no tengan la condición de obligado a practicar retenciones o ingresos a cuenta.

c) Que soliciten la devolución de un exceso de retención o ingreso a cuenta en relación con la cuota del Impuesto.

Dos. No podrá utilizarse el presente modelo de autoliquidación, debiendo utilizarse el modelo 210:

a) Para declarar las ganancias patrimoniales derivadas de bienes inmuebles.

b) Para declarar la renta imputada de bienes inmuebles urbanos, por parte de personas físicas.

Tres. Esta autoliquidación permite agrupar varias rentas devengadas en el mismo trimestre natural por un contribuyente o por varios contribuyentes, que tengan un representante común o cuando exista un mismo responsable solidario de las deudas tributarias de todos ellos o un retenedor respecto de las rentas declaradas.

Cuatro. Las liquidaciones individuales de contribuyentes agrupadas en el presente modelo han de tener el mismo resultado, agrupándose a estos efectos las que sean a devolver, por un lado y el resto, por otro.