Articulo 3 el que se apru... populares

Articulo 3 el que se aprueba el Reglamento que regula la celebracion en Cantabria de espectaculos taurinos populares

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Artículo 3. Espectáculos prohibidos.

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1. Unicamente podrán autorizarse los espectáculos taurinos populares que puedan ser incluidos en las categorías establecidas en el artículo anterior.

2. Con carácter general, se prohiben aquellos espectáculos taurinos populares que impliquen maltrato a las reses cualquiera que sea su procedimiento y, en concreto, herir, pinchar, golpear o tratar de manera cruel a las reses. Igualmente se prohibe la utilización de cualquier tipo de vehículo o instrumento mecánico que pueda inferir daño a las reses que intervengan en el festejo.

3. En particular quedan prohibidos los siguientes tipos de espectáculos taurinos populares:

  1. Los espectáculos consistentes en embolar las defensas de las reses, prendiendo fuego al material o sustancia con la que se ha realizado el embolado o en sujetar antorchas a sus astas.

  2. Los espectáculos consistentes en atar o limitar el movimiento de las reses mediante la utilización de maromas, sogas o de cualquier otra manera.