Articulo 3 Asistencia Jurídica Gratuita de Euskadi
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»Artículo 3. Titulares del derecho.
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Son titulares del derecho de asistencia jurídica gratuita todas aquellas personas o entidades expresamente señaladas en el artículo 2 de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita, o en las disposiciones con rango de ley que con carácter especial lo establezcan.
