Articulo 3 Calendario oficial de fiestas laborales para 2017 de Cataluña
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De conformidad con el Decreto 319/1993, de 28 de diciembre, y en relación con lo que dispone el artículo 48.7 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, el calendario laboral anual tendrá efectos de calendario de días inhábiles por lo que respecta al cómputo de plazos administrativos en Cataluña.
Barcelona, 30 de mayo de 2016
Dolors Bassa i Coll
Consejera de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias
