Articulo 3 caracteristicas Directriz básica de planificación de protección civil de emergencia por incendios forestales
- NORMA APLICABLE. A pesar de haber sido derogada continuará aplicándose (según las directrices establecidas en los artículos 5 y 14.1 de la Norma Básica de Protección Civil, aprobada por el Real Decreto 524/2023, de 20 de junio) hasta que sea aprobado el nuevo instrumento de planificación que la sustituya. - Real Decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la Norma Basica de Proteccion Civil.
3.1 Características básicas.
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Copiloto jurídico
A los efectos de la presente directriz se consideran los siguientes niveles de planificación: Estatal, de Comunidad Autónoma y de ámbito local.
Para asegurar una respuesta eficaz en la protección de personas y bienes, ante situaciones de emergencia originadas por incendios forestales, en las que pueda entrar en juego el interés nacional, se requiere que los planes elaborados en los niveles aludidos dispongan de los órganos y procedimientos de coordinación que hagan posible su integración en un conjunto plenamente operativo y susceptible de una rápida aplicación.
Por otra parte, habrán de preverse las relaciones funcionales precisas entre las organizaciones de los planes de distinto nivel, al objeto de facilitar la colaboración y asistencia mutua entre las mismas, en aquellos casos en que resulte necesario.
Formarán parte asimismo de esta estructura general los planes de autoprotección que frente a este riesgo sean elaborados por diferentes entidades, públicas o privadas.
