Articulo 3 -CNMV-, sobre normas contables, cuentas anuales y estados de informacion reservada de las entidades de capital-riesgo
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»Norma 3.ª Alcance de la información afectada.
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1. La presente Circular se aplicará a la información contenida en las cuentas anuales individuales y demás estados financieros reservados de las entidades de capital-riesgo.
2. Asimismo, se aplicará a la información que pueda ser exigida en cada momento para aclaración y detalle de lo mencionado en el párrafo anterior o para cualquier otra finalidad surgida en el desarrollo de las funciones encomendadas a la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
