Articulo 3 Colectivos de usuarios de cannabis
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»Artículo 3.
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La presente ley foral se ampara en lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, en cuanto a la consideración de los clubes de personas consumidoras de cannabis como asociaciones sin ánimo de lucro.
