Articulo 3 Concertación de plazas con centros de atención especializada
Artículo 3. Tipo y coste de las plazas objeto de concertación.
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Los tipos de plazas y el coste máximo de las plazas ocupadas que se concierten por el I.A.S.S., en los centros específicos acreditados para ello serán las siguientes:
3.1. Plazas para personas mayores.
3.1.1. Plazas en Residencias.
- Para personas mayores válidas: 21,20 euros/día.
- Para personas mayores asistidas: 38,10 euros/día.
- Para personas mayores con trastornos graves y continuados de conducta: 48,81 euros/día.
3.1.2. Plazas en Unidades de Estancia Diurna.
- Plazas para personas mayores asistidos en Unidades de Estancias Diurnas en régimen de media pensión: 16,56 euros/día.
3.2. Plazas para personas con discapacidad.
3.2.1. Plazas en Residencias.
- Para personas con deficiencia mental gravemente afectadas: 40,82 euros/día.
- Para personas adultas con deficiencia mental que ocupan plaza en centro ocupacional: 34,45 euros/día.
- Para personas adultas con deficiencia mental: 26,74 euros/día.
- Para personas con deficiencia mental con alteraciones graves y continuadas de conducta: 48,81 euros/día.
- Para personas con discapacidad física gravemente afectadas: 44,96 euros/día.
- Para personas con parálisis cerebral gravemente afectadas: 44,96 euros/día.
3.2.2. Plazas en Viviendas Tuteladas.
- Para personas adultas con deficiencia mental: 22,93 euros/día.
- Para personas adultas con deficiencia mental que ocupan plaza en centro ocupacional: 30,65 euros/día.
3.2.3. Plazas en Unidades de Estancia Diurna.
Para personas con deficiencia mental gravemente afectadas:
- De 8 a 19 usuarios: 466,65 euros/mes.
- A partir de 20 usuarios: 604,43 euros/mes.
- Para personas con discapacidad física gravemente afectadas: 668,40 euros/mes.
- Para personas con parálisis cerebral gravemente afectadas: 668,40 euros/mes.
3.2.4. Plazas en Centros Ocupacionales.
Para personas adultas con deficiencia mental:
- En régimen de media pensión y transporte: 370,64 euros/mes.
- En régimen de media pensión sin transporte: 322,36 euros/mes.
- En régimen de internado (Residencia de adulto o Vivienda tutelada): 235,24 euros/mes.
Los costes máximos establecidos podrán ser objeto de revisión.
- Modificación realizada (3) por Orden de 26 de febrero de 2014, por la que se modifican la de 30 de agosto de 1996, por la que se regula la concertación de plazas con centros de atención especializada para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas, y la Orden de 7 de mayo de 2002, por la que se regula la financiación de los programas de estancia diurna y respiro familiar, y se crea la comisión de participación en materia de concertación con dichos centros.
(JA de 06-03-2014) en vigor desde 07-03-2014 - Modificación realizada (3) por ORDEN de 23 de diciembre de 2002, de modificación parcial de la de 30 de agosto de 1996, por la que se regula la concertación de plazas con Centros de Atención Especializada para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas.
(JA de 10-01-2003) en vigor desde 01-03-2003 - Artículo modificado (3) por ORDEN de 5 de abril de 2000, de modificación parcial de la de 30 de agosto de 1996, por la que se regula la concertación de plazas con Centros de atención especializada para los sectores de personas mayores y personas discapacitadas.
(JA de 09-05-2000) en vigor desde 10-05-2000
