Articulo 3 Condiciones de...con la AGE

Articulo 3 Condiciones de accesibilidad y no discriminación de personas con discapacidad en sus relaciones con la AGE

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Artículo 3. Determinación de las Oficinas de Atención al Ciudadano.

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La Administración General del Estado, mediante Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública, previa consulta con los Departamentos Ministeriales afectados, determinará las Oficinas que habrán de ajustarse a las condiciones de accesibilidad previstas en este real decreto y hará pública una relación de las mismas que estará, permanentemente actualizada, a disposición pública.