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Articulo 3 Consell, por el que se establece la política de seguridad de la información de la Generalitat

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Artículo 3. La seguridad como proceso integral.

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1. La seguridad de la información es el resultado de un proceso que depende de todos y cada uno de los elementos humanos, técnicos, materiales y organizativos que intervienen en el tratamiento. Quienes participen en cualquier fase del tratamiento deberán responder, en la medida de sus responsabilidades, de la seguridad y buen uso de la información. De manera especial, deberán colaborar en la prevención, detección y control de los riesgos derivados de actuaciones negligentes, ignorancia de las normas, fallos técnicos, de organización o de coordinación, o instrucciones inadecuadas.

2. La Generalitat, a través de los distintos agentes con responsabilidades específicas en materia de seguridad de la información, se encargará de proporcionar los canales de participación adecuados que hagan efectiva la colaboración mencionada en el apartado anterior. Del mismo modo, la Generalitat se ocupará de mantener permanentemente informados, a todos los destinatarios de esta política, del propósito y contenido de la misma, así como de los documentos que la desarrollan y de los canales de participación habilitados.

3. El proceso de gestión de la seguridad de la información deberá estar sometido a monitorización, control y mejora continuos para confirmar su eficacia ante la constante evolución de los riesgos y de los sistemas de protección.