Articulo 3 Consell, por e...r público

Articulo 3 Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la administración de la Generalitat y su sector público

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Artículo 3. Criterios de simplificación.

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1. A los efectos de este Decreto, se entiende por simplificación administrativa la acción o conjunto de acciones dirigidas a los procedimientos administrativos y que tienen por objeto reducir o eliminar fases, documentos, requisitos o trámites, con la finalidad de agilizarlos y mejorar la prestación de los servicios públicos.

La simplificación administrativa no puede suponer, en ningún caso, una merma de los derechos y las garantías de los interesados.

2. Las disposiciones administrativas de carácter general, los actos administrativos, o las técnicas, herramientas o metodologías que regulen o afecten a la gestión de los procedimientos administrativos, habrán de tener en cuenta, en su elaboración, los siguientes criterios de simplificación:

  1. Supresión de trámites, requisitos o documentos que no sean imprescindibles para la resolución del procedimiento, para agilizar el procedimiento administrativo haciéndolo más sencillo para los gestores y más accesible para los ciudadanos.

  2. Eliminación de cargas administrativas, suprimiendo las peticiones de información a los usuarios, tanto personas físicas como jurídicas, sobre determinados datos o la justificación del cumplimiento de requisitos que puedan ser obtenidos por la propia Administración.

  3. Fomento de las declaraciones responsables, con los efectos previstos en el artículo 6, en la justificación de los requisitos, las obligaciones de información o la aportación de documentos que deban realizar las personas interesadas, y no puedan ser obtenidos de oficio, como práctica para agilizar la gestión.

  4. Fomento de las comunicaciones previas, con los efectos, igualmente, previstos en el artículo 6, suprimiendo la aportación de datos identificativos y demás requisitos exigibles para el ejercicio de un derecho o el inicio de una actividad.

  5. Normalización documental, fundamentalmente de los formularios de solicitud, impresos, declaraciones, certificaciones y documentos de similar entidad, diseñando modelos que faciliten y agilicen su cumplimentación.

  6. Unificación de documentos, diseñando un modelo único para aquellos documentos que tengan un mismo contenido, con independencia de que se tramiten en procedimientos gestionados por distintos órganos administrativos.

  7. Agrupación de documentos, incorporando en un único documento las manifestaciones que, en forma de declaraciones, certificaciones o actos de similar naturaleza, haya de hacer una misma persona en un mismo trámite, o en varios si la gestión del proceso lo permite.

  8. Fomento e incentivación de la utilización de medios electrónicos, tanto entre los gestores como entre los ciudadanos en las relaciones ciudadano-Administración, con medidas motivadoras como la reducción de los plazos de tramitación, entre otras.

  9. Reducción de los plazos de tramitación y de respuesta, con especial referencia a los procedimientos de tramitación electrónica.

  10. Extensión y potenciación de los procedimientos de respuesta o resolución automatizada, conocidos como de autoservicio, tramitados por medios electrónicos, ya sea desde el propio domicilio de los ciudadanos o a través de cajeros electrónicos, para el reconocimiento inicial, o la renovación de un derecho o facultad, o para su ejercicio.

3. Igualmente, para favorecer la simplificación de la gestión administrativa de los procedimientos, habrán de tener en cuenta los siguientes criterios:

  1. Modernización y mejora de la calidad de los servicios públicos, de modo que se facilite a los usuarios de los servicios públicos el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones y pueda mejorar su nivel de satisfacción.

  2. Establecimiento del poder de decisión en el nivel administrativo más cercano al ciudadano, para agilizar la toma de decisiones y evitar los desplazamientos de los expedientes administrativos.