Articulo 3 Convocatoria p...r nacional

Articulo 3 Convocatoria para el acceso a la bolsa de trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional

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3. Solicitudes.

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3.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos establecidos en la base segunda, dispondrán del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación en el "Boletín Oficial de Aragón" de esta Orden, para realizar su solicitud y proceder a la grabación de los méritos que no hayan sido presentados en otras convocatorias anteriores en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/bolsa-trabajo-puestos-habilitacion-nacional-entidades-locales-aragonesas-2023 o indicando en el buscador de trámites el procedimiento número 9952.

Para poder acceder a la misma, se requerirá certificado electrónico en vigor o clave permanente con el sistema Cl@ve.

En la misma dirección web constan indicaciones que facilitarán su utilización por los usuarios, así como la posibilidad de acceder a asistencia técnica.

3.2. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras de esta convocatoria.

3.3. Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación, la cual deberá presentarse de forma telemática. (Dicha documentación no será necesario presentarla si ya se ha presentado en otras convocatorias):

3.3.1. Título universitario.

3.3.2. Documentación justificativa de los méritos.

3.4. Forma de acreditación:

a) Titulación, mediante fotocopia de la titulación académica exigida en la convocatoria, o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios necesarios para la obtención del título.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento, mediante fotocopia de los títulos expedidos por los centros correspondientes que acrediten la realización de dichos cursos o certificación del órgano competente en materia de formación.

c) La experiencia en puestos de trabajo de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional se acreditará mediante certificación expedida por la entidad local del tiempo total de servicios en la entidad.