Articulo 3 Cooperativas de Illes Balears
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»Artículo 3. Principios cooperativos.
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Los principios cooperativos que informan la presente ley son los siguientes:
a) Adhesión voluntaria y abierta.
b) Gestión democrática e igualdad por parte de los socios.
c) Participación económica de los socios.
d) Autonomía e independencia de las entidades cooperativas.
e) Interés voluntario y limitado de las aportaciones al capital social.
f) Educación, formación e información de los miembros integrantes de las cooperativas.
g) Cooperación entre cooperativas.
h) Interés para la comunidad.

