Articulo 3 Coordinación y financiación de la atención primaria de servicios sociales
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»Artículo 3. Órgano de coordinación y colaboración interadministrativa en servicios sociales
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1. La coordinación interadministrativa en materia de servicios sociales se llevará a cabo por el Órgano de coordinación y colaboración interadministrativa en servicios sociales, como instrumento de coordinación y colaboración entre las distintas administraciones públicas con competencias o atribuciones en materia de servicios sociales e igualdad en la Comunitat Valenciana.
2. El Órgano de coordinación y colaboración interadministrativa en servicios sociales estará adscrito a la conselleria competente en servicios sociales y contará con una unidad administrativa de apoyo que se creará a tales efectos.
