Artículo 3 se crea la Sed...dad Social

Artículo 3 se crea la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social

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Artículo 3. Contenidos y servicios de la sede electrónica.

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1. Los contenidos mínimos a incluir en la SEDESS son:

a) Identificación de la sede, así como del órgano titular y de los responsables de la gestión de los contenidos puestos a disposición de la misma.

b) Información necesaria para la correcta utilización de la sede incluyendo el mapa de la sede electrónica, así como la relacionada con la propiedad intelectual.

c) Sistema de verificación del certificado de la SEDESS.

d) Sistema de verificación de los certificados de sellos electrónicos empleados en la SEDESS.

e) Servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de la SEDESS.

f) Relación de sistemas de firma electrónica que sean admitidos o utilizados en la SEDESS.

g) Catálogo de trámites y servicios disponibles en la SEDESS.

h) Carta de servicios electrónicos de la SEDESS.

i) Fecha y hora oficial, y días declarados oficialmente como inhábiles.

j) Enlace al Boletín Oficial del Estado.

k) Enlace al buzón general de sugerencias y quejas.

l) Información relacionada con la protección de datos de carácter personal.

m) Enlace con la Agencia Española de Protección de Datos.

n) Orden Ministerial de creación de la SEDESS.

o) Orden Ministerial de creación del registro electrónico de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social.

p) Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social por la que se crean los sellos electrónicos.

q) Enlace con el punto de acceso general de la Administración General del Estado.

r) Tablón de anuncios electrónico, en el que se publicarán, en su caso, los actos y comunicaciones que deben publicarse en el tablón de anuncios o edictos convencional, indicando el carácter sustitutivo o complementario de este último.

s) En su caso, acceso por los interesados al estado de tramitación del expediente.

2. Paulatinamente la SEDESS posibilitará el acceso a sus contenidos y servicios en las lenguas cooficiales del Estado.