Articulo 3 Creación del Instituto de Finanzas
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»Artículo 3. Órganos del Instituto de Finanzas de Cantabria.
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1. Son órganos del Instituto de Finanzas de Cantabria, el Presidente, el Consejo Ejecutivo y el Director Gerente.
2. El Instituto de Finanzas de Cantabria se dotará de la estructura y los medios humanos y materiales necesarios para el cumplimiento de sus fines, en ejercicio de sus facultades de autoorganización.
Modificaciones
- Artículo modificado (3 (apdo. 1)) por Ley de Cantabria 12/2020, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
(S de 30-12-2020) en vigor desde 01-01-2021
