Articulo 3 Creación del S...o de Salud

Articulo 3 Creación del Servicio de Salud

Ver Indice
»

Artículo 3. Adscripción.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Servicio Cántabro de Salud estará adscrito a la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, a la cual corresponderá su dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad, a través de la Dirección General competente en materia de asistencia sanitaria.