Articulo 3 Creación del Servicio de Salud
Ver Indice
»Artículo 3. Adscripción.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Servicio Cántabro de Salud estará adscrito a la Consejería de Sanidad, Consumo y Servicios Sociales del Gobierno de Cantabria, a la cual corresponderá su dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados de su actividad, a través de la Dirección General competente en materia de asistencia sanitaria.
