Articulo 3 Se da publicidad a los acuerdos del Pleno de la Sindicatura de Cuentas
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La Sindicatura de Cuentas de Cataluña considerará habilitado y conforme a ley el procedimiento de intercambio de información a partir de los datos recogidos en el Registro Público de Contratos de la Generalidad de Cataluña y enviados a la Sindicatura mediante su Registro telemático.
