Artículo 3. DECRETO FORAL LEGISLATIVO 1/2026, de 1 de abril de Navarra
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»Artículo 3. Modificación de la Ley Foral del Impuesto sobre el Valor Añadido.
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El artículo 69.2.6.º, primer párrafo, de la Ley Foral 19/1992, de 30 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, quedará redactado del siguiente modo:
"6.º Aquellos empresarios o profesionales cuyas adquisiciones e importaciones de bienes y servicios para el conjunto de sus actividades empresariales o profesionales, excluidas las relativas a elementos del inmovilizado, hayan superado en el año inmediato anterior el importe establecido a estos efectos por la normativa estatal."
