Artículo 3 DECRETO ley 3..., Canarias

Artículo 3. DECRETO ley 3/2026, de 6 de abril, Canarias

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Artículo 3. Tipo impositivo en el Impuesto General Indirecto Canario aplicable a la entrega o importación de determinados alimentos.

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Con efectos desde la entrada en vigor del presente Decreto ley, se añaden los números 11.º) bis, 11.º) ter y 11.º) quater al artículo 33.Uno del texto refundido de las normas legales aprobadas por la Comunidad Autónoma de Canarias en relación con el Impuesto General Indirecto Canario y el Arbitrio sobre Importaciones y Entregas de Mercancías en las Islas Canarias, aprobado por Decreto Legislativo 1/2025, de 13 de octubre, con la siguiente redacción:

“11.º) bis. La sal.

11.º) ter. La mantequilla.

11.º) quater. El café tostado, incluso descafeinado”.