Articulo 3 Deporte de Euskadi -Derogada-
Ver Indice
»Artículo 3. Disposiciones generales.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
La organización institucional del deporte en el País Vasco se inspirará en los principios de descentralización, coordinación y eficacia de las Administraciones públicas en el ejercicio de sus respectivas competencias, con la colaboración y participación de las federaciones deportivas, de los clubes y de cualesquiera otras entidades públicas y privadas. Las federaciones deportivas, como agentes colaboradores de las Administraciones públicas, participarán con ellas de forma activa en la organización y desarrollo del deporte en Euskadi.
