Artículo 3 se desarrolla el Decreto 6/2017, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la organización y funcionamiento del Registro de Entidades Locales de la Comunidad de Madrid
Ver Indice
»Artículo 3. Naturaleza del Registro
Vacatio legis
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Registro, en virtud de lo previsto en el artículo 3 del Decreto 6/2017, de 31 de enero, tiene carácter público e informativo y se constituye en una base de datos informatizada. Se asignará un número único y correlativo por cada una de las entidades locales existentes objeto de inscripción.
