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Articulo 3 destinatarias Actividades de formación inicial y continua del año 2024, para personal de policía local,

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Tercera. Personas destinatarias

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1. Con carácter general serán personas destinatarias de los cursos, los siguientes colectivos: policía local, vigilancia municipal, agente de movilidad, bombero/a, técnico, voluntariado de protección civil y otros colectivos relacionados con el Sistema Nacional de Protección Civil en Castilla-La Mancha. Así mismo, deberán contar con las aptitudes necesarias para la realización de la actividad formativa solicitada, habiendo realizado el seguimiento de la vigilancia de la salud, encontrándose apto/a para el ejercicio de sus funciones.

2. Las personas solicitantes deberán estar dados de alta individualmente en los Registros oficiales que correspondan, regulados estos por sus normas específicas. Concretamente, policías locales y vigilantes municipales deberán estar en situación de servicio activo en el Registro de Policías Locales de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en la correspondiente Entidad Local solicitante del curso o cursos. Asimismo, en el caso de bomberos/as, deberán estar en situación de servicio activo en el Servicio de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento de este/a Municipio/Provincia solicitante. Por su parte, el voluntariado de protección civil, deberán estar en situación de alta en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de Castilla-La Mancha, y en la Agrupación de Voluntarios de Protección Civil solicitante del curso o cursos. De igual modo, las Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil deberán estar dadas de alta y tener el seguro obligatorio en vigor para el voluntariado que solicite las actividades formativas. Todo ello, sin perjuicio de los requisitos específicos que para cada curso se pueda establecer.

3. Dentro de los cursos de formación continua del área de seguridad, se reservará un número de plazas para ser cubiertas por vigilantes municipales cuyos ayuntamientos lo soliciten, en los términos establecidos en el anexo I de esta convocatoria. Asimismo, se podrán reservar plazas para agentes de movilidad en los cursos de seguridad vial, habilidades sociales y cualquier otro que se considere adecuado para su formación profesional. Cuando no existiesen solicitudes suficientes para su cobertura por vigilantes municipales o, en su caso, agentes de movilidad, las plazas reservadas se asignarán al personal funcionario de los cuerpos de policía local.