Articulo 3 Directrices Generales de Ordenación Territorial
- NOTA: La aprobación de la Estrategia Territorial de Aragón produce los efectos contenidos en la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 4/2009, de 22 de junio, de Ordenación del Territorio de Aragón, cesando la vigencia de las Directrices Generales de Ordenación Territorial de Aragón, aprobadas por Ley 7/1998, de 16 de julio. - DECRETO 202/2014, de 2 de diciembre, del Gobierno de Aragon, por el que se aprueba la Estrategia de Ordenacion Territorial de Aragon.
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»Artículo 3. Vigencia.
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Las Directrices Generales de Ordenación Territorial tendrán vigencia indefinida, si bien serán susceptibles de revisión o modificación siguiendo, al efecto, el procedimiento regulado en los artículos 23 y 24 de la Ley 11/1992, de 24 de noviembre, de Ordenación del Territorio.
