Artículo 3 Disposiciones ... de identi

Artículo 3 Disposiciones de aplicación del Reglamento (UE) n.º 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a la presentación de información a la Comisión y al Grupo de Cooperación para la lista de carteras europeas de identi

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Artículo 3. Formato y procedimiento de presentación de información de los Estados miembros a la Comisión e información que deben presentar

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1. Los Estados miembros presentarán la información que figura en el anexo a la Comisión y al Grupo de Cooperación a través de un canal electrónico seguro facilitado por la Comisión.

2. Los Estados miembros presentarán la información requerida en el apartado 1 al menos en inglés.

3. Cuando se produzcan cambios en la información presentada, y en concreto cambios en el estado de certificación de las carteras, los Estados miembros presentarán la información actualizada a través del canal a que se refiere el apartado 1.