Articulo 3 Enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil
- Norma derogada desde el 3 de febrero de 2022. No obstante, mantendrá sus efectos y será de aplicación hasta el fin del curso escolar 2021-2022. - Real Decreto 95/2022, de 1 de febrero, por el que se establece la ordenacion y las enseñanzas minimas de la Educacion Infantil.
Artículo 3. Objetivos.
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La Educación infantil contribuirá a desarrollar en las niñas y niños las capacidades que les permitan:
a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias.
b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social.
c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales.
d) Desarrollar sus capacidades afectivas.
e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos.
f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión.
g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo.
