Articulo 3 Se establecen directrices para la aplicación de cláusulas de carácter...eria de subvenciones
Articulo 3 Se establecen directrices para la aplicación de cláusulas de carácter social en la contratación de la Administración de la Generalitat y su sector público, así como en materia de subvenciones
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Tercero. Incorporación de cláusulas sociales
Vigente
Los órganos de contratación podrán introducir, respetando la normativa básica en materia de contratación del sector público y teniendo en cuenta el tipo de contrato o la fase del procedimiento de que se trate, cláusulas sociales en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas particulares.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-04-2015 en vigor desde 22-04-2015