Articulo 3 Estructura org...ón Pública

Articulo 3 Estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública

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Artículo 3. Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y de Comunicación Audiovisual.

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1. La Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y de Comunicación Audiovisual tiene como misión la ordenación de los servicios de digitalización y de comunicación audiovisual, además del impulso a los mismos, así como el desarrollo de las actuaciones necesarias para la consecución de una digitalización plena en nuestro país garantizando los derechos de la ciudadanía en el ámbito digital y el impulso del emprendimiento y la generación de talento. En particular, llevará a cabo las siguientes funciones:

a) El control e impulso del libre flujo de datos no personales, su portabilidad, y la elaboración de códigos de conducta armonizados con la Unión Europea y otros foros de carácter internacional, así como la elaboración y propuesta de normativa en materia de gobernanza, acceso y compartición de datos, en coordinación con la Dirección General del Dato y en línea con las directrices estratégicas establecidas por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

b) La elaboración y propuesta de normativa en materia de servicios digitales y sus prestadores, en particular sobre identificación electrónica y servicios electrónicos de confianza, comercio electrónico y nombres de dominio de Internet.

c) La elaboración de normativa, en colaboración con otros departamentos, referente a la regulación de las plataformas e intermediarios digitales, entre otras, la relativa a su responsabilidad y obligaciones, la privacidad y protección de la información, así como a la garantía de equidad y respeto a los derechos digitales de usuarios y empresas.

d) La supervisión, control, inspección y sanción en materia de la sociedad digital, de conformidad con la legislación aplicable, incluyendo la gestión de la lista de prestadores de servicios de confianza cualificados.

e) La participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros de carácter técnico internacional o nacional, tanto públicos como privados, en materia de sociedad digital, así como el seguimiento y participación en iniciativas y foros relacionados con la Gobernanza de Internet, en línea con las directrices estratégicas establecidas por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

f) El impulso, fomento, coordinación y apoyo de las iniciativas para la capacitación profesional en el ámbito de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TIC), y de programas de atracción, desarrollo y retención del talento digital.

g) La elaboración, gestión y seguimiento de planes, proyectos y programas de actuaciones orientados al desarrollo de habilidades digitales en coordinación con otros departamentos ministeriales, así como la definición y gestión coordinada de esta política con los correspondientes programas europeos e internacionales en estas materias.

h) El impulso de las actuaciones e iniciativas necesarias para el desarrollo e implantación de los derechos digitales.

i) La elaboración y propuesta normativa, impulso, coordinación y apoyo a las iniciativas para promover la iniciativa emprendedora y el desarrollo de las empresas digitales en colaboración con otras unidades y departamentos.

j) El impulso, coordinación y apoyo a las iniciativas destinadas a la creación de contenidos digitales, y demás iniciativas que promuevan el desarrollo de empresas tecnológicas en sectores estratégicos para la transformación e inclusión digital en colaboración con otros departamentos, órganos u organismos.

k) El diseño y desarrollo de planes y programas destinados a fomentar el acceso y uso de los servicios digitales por los ciudadanos y facilitar la disponibilidad y accesibilidad de las tecnologías digitales, contribuyendo a la corrección de las brechas digitales en coordinación con otros departamentos ministeriales con competencias en otras políticas con las que esas materias estén relacionadas.

l) La participación en comisiones, grupos de trabajo y otros foros de carácter técnico internacional o nacional, tanto públicos como privados, en materia de talento, emprendimiento y derechos digitales en línea con las directrices estratégicas establecidas por la Secretaría de Estado de Digitalización e Inteligencia Artificial.

m) La elaboración y propuesta de normativa referente a los servicios de comunicación audiovisual, en particular, la normativa relativa a comunicaciones comerciales y protección de los usuarios, promoción de obra audiovisual europea y accesibilidad.

n) La colaboración con el Ministerio de Cultura en la propuesta normativa en materia de protección de la propiedad intelectual en relación con los servicios de comunicación audiovisual.

ñ) La gestión del Registro estatal de prestadores del servicio de comunicación audiovisual, de prestadores del servicio de intercambio de videos a través de plataformas y de prestadores del servicio de agregación de servicios de comunicación audiovisual.

o) La recepción de las comunicaciones de inicio de actividad de los prestadores del servicio de comunicación audiovisual, así como la tramitación de los títulos habilitantes de los servicios de comunicación audiovisual y su seguimiento y control, en el ámbito de competencias de la Administración General del Estado.

p) La promoción y asistencia a la internacionalización de las empresas de servicios de comunicación audiovisual, sin perjuicio de las competencias de la Secretaría de Estado de Comercio, así como la interlocución con los sectores profesionales e industriales vinculados a dichas empresas.

q) La propuesta de autorización de negocios jurídicos cuyo objeto sea una licencia de comunicación audiovisual, en el ámbito de competencias de la Administración General del Estado.

r) La coordinación e impulso de las políticas públicas de apoyo al sector audiovisual, incluido el videojuego.

s) La incoación y tramitación de procedimientos correspondientes a la aplicación del régimen sancionador relacionado con los servicios de comunicación audiovisual.

t) La firma de propuestas de resolución de concesión de ayudas, las propuestas de resolución provisional y las propuestas de resolución definitiva; así como las resoluciones de admisión, desistimiento y denegación de ayudas en relación con las convocatorias que por la naturaleza de la materia le corresponda.

2. De la Dirección General de Ordenación de los Servicios de Digitalización y de Comunicación Audiovisual, dependen:

a) La Subdirección General para la Sociedad Digital, a la que corresponden las funciones recogidas en los párrafos a), b), c), d) y e) del apartado 1.

b) La Subdirección General de Ciudadanía, Talento y Emprendimiento Digital, a la que corresponden las funciones recogidas en los párrafos f), g), h), i), j) k) y l) del apartado 1.

c) La Subdirección General de Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual, a la que le corresponden las funciones recogidas en los párrafos m) a s).

3. El ejercicio de las funciones anteriores se coordinará, en el caso de que fuese necesario, mediante los procedimientos de gestión de ayudas que se acuerden por la Subdirección General de Ayudas.

4. El ejercicio de las funciones anteriores se ejercerá, en lo que pudiese afectar a las competencias de la Dirección General de Inteligencia Artificial y de la Dirección General del Dato, en coordinación con éstas.