Articulo 3 Familias monoparentales
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Artículo 3. Fines.

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Las actuaciones de los poderes públicos en el marco de apoyo a las familias monoparentales pretenden alcanzar los siguientes fines:

a) Reconocer a las familias monoparentales dentro de la pluralidad y la diversidad de formas familiares existentes.

b) Mejorar la protección de los miembros de las familias monoparentales, desde la perspectiva del desarrollo personal y social y en la lucha contra la desigualdad.

c) Garantizar los derechos de las personas menores, personas con discapacidad y personas en situación de dependencia que conviven en familias monoparentales sin discriminación alguna respecto a otro tipo de familias, reconociendo el interés superior de protección de las personas menores y el derecho a la no discriminación de las personas con discapacidad y personas dependientes.

d) Favorecer la conciliación de la vida familiar con el resto de los ámbitos de la vida cotidiana.

e) Promover la solidaridad de la sociedad con las familias monoparentales, en especial aquellas en riesgo de exclusión social.

f) Difundir el conjunto de medidas de apoyo que se ofrecen desde las distintas Administraciones a las familias monoparentales.

g) Mejorar el bienestar y la calidad de vida de las familias monoparentales y de las personas que forman parte de ellas, evitando la exclusión social.

h) Favorecer la maternidad y la paternidad libres, decididas y responsables.