Articulo 3 Gobierno andaluz

Articulo 3 Gobierno andaluz

Ver Indice
»

Artículo 3. Del Consejo de Gobierno.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



El Consejo de Gobierno es el órgano superior colegiado que ostenta y ejerce las funciones ejecutivas y administrativas de la Junta de Andalucía. A tal fin, le corresponde la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria de acuerdo con el Estatuto de Autonomía y con la ley.